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    Tendencias en seguridad laboral en operaciones marítimas

    来源:    编辑:编辑部    发布:2019/01/26 09:56:25

    Palabras como ‘acoso’ y ‘bullying’ han traspasado las barreras del mundo marítimo, con las enmiendas al código de regulación 4.3 de la convención de trabajo marítimo 2006 (MLC) titulado ‘Protección de salud y seguridad y prevención de accidentes”, que requiere a todos los gobiernos cubrir temas de acoso y bullying ante el desarrollo de leyes y regulaciones para la administración de seguridad y salud ocupacional a bordo de naves que lleven su bandera. La enmienda presenta una guía para eliminar acoso y bullying a bordo, ejemplificando casos concretos para aprender a reconocer este tipo de situaciones.

    Según revela un artículo publicado por la firma de gestión de riesgos GARD -al cual MundoMaritimo tuvo acceso- busca servir como referencia a la hora de establecer políticas internas en las compañías respecto de identificar situaciones de acoso y cómo proceder al respecto, incluyendo el acoso cibernético.

    “En el ambiente de trabajo es fundamental prevenir comportamiento ofensivo o dañino entre colegas, pero aún más en el mar. Los trabajadores marítimos se enfrentan a situaciones que los diferencian de otras profesiones, como largas jornadas de trabajo, labor física demandante, tareas potencialmente peligrosas y altos niveles de fatiga y estrés; además de ser descrita como una forma de vida solitaria”, describe el artículo referente a las condiciones de trabajo y vida de la gente de mar. Por eso se destaca la importancia de que los tripulantes busquen buenas relaciones a bordo, lo cual a ratos es complejo debido a las diferentes culturas y costumbres de cada uno.

    Estadísticas débiles

    Hay poca información estadística sobre acoso y bullying en el ambiente de trabajo marítimo. De acuerdo a una encuesta realizada en 2010 por Nautilus International, el 79% de los encuestados que reconoció haber sufrido situaciones de acoso en el trabajo, menos de la mitad sintió que existían las condiciones adecuadas para reportarlo.

    La mayoría de las denuncias de salud de los trabajadores marítimos hace referencia a dolencias físicas relacionadas con la naturaleza de su labor, pero aquellas denuncias no dan suficiente información sobre las condiciones de seguridad en el trabajo y la integridad de los tripulantes. GARD incluso sugiere en su artículo la posibilidad de que en algunos casos el ‘dolor abdominal’ o ‘dedo fracturado’ sean enmascarados como accidentes laborales para cubrir incidentes de violencia física y psicológica entre tripulantes.

    “La información de las denuncias no permite cuantificar la extensión y consecuencias de acoso y bullying a bordo. Sin embargo, aun cuando el acoso y bullying a bordo son la excepción y no la regla, sabemos que hay tripulantes con historias que contar y que eso justifica las mejoras necesarias”, lee el artículo.

    Definiciones

    En el documento el acoso es definido como acciones de discriminación con el objeto de denigrar la dignidad de una persona, intimidarlo u ofenderlo, mientras que el bullying es cualquier forma de acoso que incluye comportamiento hostil o vengativo que cause a la víctima sensación de amenaza o intimidación. Estas acciones pueden ser verbales o físicas, directas (golpes, insultos) o indirectas (rumores offline y online e incluso a través de aparatos como celulares), individual o grupal. Hay casos evidentes de acoso, pero son aquellos que se prestan a interpretación los que las compañías deben establecer internamente como comportamientos aceptables, objetivo para lo cual se redactó la guía. Sin embargo, en cualquier caso que un tripulante se sienta acosado o maltratado tiene el derecho de reportar el hecho, aun si no cumple con los parámetros internos establecidos.

    Lo más importante es predicar con el ejemplo. En la medida en que todos los tripulantes estén informados de las reglas internas y las apliquen a diario, las situaciones de acoso serán historias del pasado.

    Por MundoMaritimo