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    Diputados aprueban ley de cabotaje de pasajeros que aumenta la competencia del transporte marítimo

    来源:    编辑:编辑部    发布:2019/01/13 11:03:21

    En Chile, las recaladas de cruceros han aumentado un 22% en los últimos tres años y en un 13% en esta temporada, según cifras del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, donde las autoridades confían en que el cambio normativo los números y creará nuevas rutas.

    “Agradecemos al apoyo de los parlamentarios en la modificación de esta ley que ahora queda acorde a un Chile en marcha, que experimenta un crecimiento sostenido de un 22% del transporte de pasajeros de cruceros en los últimos tres años. La nueva regulación permite el tránsito en territorio nacional a naves extranjeras superiores o igual a 400 pasajeros y también posibilita ese transporte en naves menores a 400 pasajeros cuando no exista nave chilena disponible. De esta manera, flexibilizamos el mercado, manteniendo a Chile como líder portuario de la región”, indicó el subsecretario de Transportes, José Luis Domínguez.

    En tanto, la subsecretaria de Turismo, Mónica Zalaquett, destacó que Chile recibe alrededor de un 1,5% del total de cruceristas, con más de 450 mil pasajeros en la temporada. “Estamos convencidos que con nuestros más de 4.300 kilómetros de costa y nuestras bellezas naturales podemos ser un destino de excepción para esta industria, ya que con esta ley la industria podrá ofrecer cruceros de entre 5 y 7 días, que representa un 90% de la demanda actual por este producto”, dijo.

    En este contexto, el subsecretario Domínguez abordó los desafíos asociados a fomentar el pilotaje y el practicaje, por la mayor actividad y la necesidad de disponer de trabajadores portuarios especializados en la atención de cruceros.

    El proyecto define a seguir que el cabotaje queda reservado a las naves chilenas, con las excepciones que señala esta ley, para especificar luego qué se entiende por cabotaje de pasajeros: "Transporte marítimo, fluvial o lacustre de pasajeros, cuyo origen y destino sean puntos del territorio nacional y entre éstos y artefactos navales instalados en el mar territorial o en la zona económica exclusiva".

    Asimismo, determina que "las naves de pasajeros extranjeras podrán participar en el cabotaje marítimo entre puertos, siempre y cuando su capacidad de transporte sea igual o superior a 400 pasajeros, cuenten con capacidad de pernoctación a bordo y tengan como función el transporte de pasajeros con fines turísticos".

    Finalmente, establece que el cabotaje de pasajeros por naves extranjeras no será aplicable a las recaladas de dichas naves en el Archipiélago Juan Fernández y en Isla de Pascua.