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    Pescadores de la región de Valparaíso acudirían a la Corte Suprema por proyecto de terminal de Oxiquim

    来源:    编辑:编辑部    发布:2019/06/19 11:49:37

    Tras el fallo del Tribunal Ambiental que determinó mantener la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto "Terminal Multipropósito" de Oxiquim en la región de Valparaíso, Alfredo Nebreda, abogado de los pescadores que interpusieron un recurso de reclamación para revertir la aprobación ambiental del desarrollo, confirmó que ante el dictamen desfavorable evalúan acudir a la Corte Suprema, informó El Mercurio de Valparaíso.

    Detalló que tras el rechazo del recurso de reclamación que fue interpuesto -el 23 de noviembre de 2017- en contra de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso, que aprobó la iniciativa en enero de 2017, "estamos estudiando ir a la Corte Suprema".

    Cabe señalar que la determinación de los ministros del Tribunal Ambiental contó con dos votos a favor y uno en contra, lo que permitió desestimar el libelo.

    Al respecto, Nebreda indicó que "no compartimos la interpretación del Tribunal Ambiental y, por lo mismo, seguiremos las instancias pertinentes para buscar que los derechos de los pescadores a participar sean reconocidos", aseveró el abogado.

    Mientras que desde Oxiquim se pronunciaron sobre la resolución del Tribunal Ambiental. "Respetamos la institucionalidad ambiental vigente en el país y en esta oportunidad no nos referiremos a este tema puntual, dado que es un proceso judicial en curso y que como empresa no nos hicimos parte de esa reclamación", afirmaron.

    En cuanto al proyecto, este aún se encuentra en trámite. Esto, porque aún no hay resolución respecto a la aprobación o rechazo que debe hacer el Ministerio de Defensa a la solicitud de ampliación de la concesión marítima que solicitó la empresa, la que sí fue recomendada favorablemente por la Comisión de Uso de Borde Costero de la región de Valparaíso.

    Otra reclamación

    El fallo del Tribunal Ambiental que se analizó de forma, da cuenta que el recurso de reclamación interpuesto en contra de la Comisión de Evaluación Ambiental fue rechazado porque, de acuerdo con la legalidad medioambiental, se tienen que agotar todas las instancias para pedir una reclamación de la RCA, situación que no habría ocurrido a la fecha.

    De acuerdo con lo que detalla el escrito, los pescadores tienen aún un trámite pendiente. Se trata de una arista legal en materia medioambiental en el Comité de Ministros por una reclamación al proceso de Participación Ciudadana (PAC) del mismo proyecto.

    Ante esto, el Tribunal determinó que "la interposición paralela de reclamaciones administrativas y judiciales puede resultar, eventualmente, en decisiones contradictorias, y con ello, alimentar una innecesaria incertidumbre jurídica en el contencioso administrativo ambiental".

    Dada esta condición, el escrito establece que "resuelta la reclamación PAC respecto del proyecto, que se funda en los mismos antecedentes que la solicitud de invalidación, cuyo rechazo origina estos autos, debe prevalecer la vía recursiva administrativa, pues con ello se respeta el orden consecutivo legal, valor fundamental del sistema jurídico vigente".

    PAC en proceso

    Según especifica el dictamen, para los ministros del Tribunal Ambiental es fundamental lo que consagra la Ley 19.300 sobre bases generales del Medio Ambiente, que corrobora la Participación Ciudadana (PAC) como un elemento principal del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    En base a este principio se analizó el recurso de reclamación y se sostuvo que los pescadores "solicitaron la invalidación de la RCA N° 16/2017, en circunstancias que lo procedente era que estos hubieren participado en el proceso de participación ciudadana de la evaluación del proyecto y que luego hubieren reclamado de la decisión de la autoridad mediante la reclamación PAC, utilizando en consecuencia el régimen recursivo especial para impugnar las RCA".

    El escrito agrega que “los reclamantes no fundamentan ni presentan antecedentes que den cuenta de alguna imposibilidad concreta para haber presentado sus observaciones en la evaluación ambiental del proyecto".

    Por estas indicaciones concluyeron que "la decisión de la Comisión de Evaluación de declarar inadmisible la solicitud de invalidación de los reclamantes se ajustó a derecho".