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El secuestro transfronterizo de carbono (CCS) será permitido de forma provisional bajo ciertas circunstancias
来源:https://www.mundomaritimo.cl/noticias/index/?page=4 编辑:编辑部 发布:2019/10/20 10:18:26
Durante la última reunión anual del Convenio de Londres, realizada desde 7 al 11 de octubre, las Partes del Protocolo de Londres adoptaron una resolución que permite, de forma provisional y bajo ciertas circunstancias, la exportación transfronteriza de CO2 para la captura y almacenaje de carbono (CCS), también denominado secuestro de carbono.
De acuerdo con la Organización Marítima Internacional (OMI), la CCS es una técnica de mitigación contra el cambio climático, que consiste en capturar las emisiones de CO2, para inyectarlas en formaciones rocosas del fondo marino.
El Protocolo de Londres tiene como objetivo proteger y preservar el medio marino de todas las fuentes de contaminación. Por tanto prohíbe todos los vertimientos, excepto los de los desechos aceptables que figuran en la "lista de vertidos permitidos".
Una enmienda de 2009 ya aprueba compartir más allá de los límites transfronterizos las formaciones geológicas del subfondo marino para proyectos de secuestro, lo que efectivamente permite exportar flujos de CO2 para CCS. Sin embargo, esa enmienda todavía no entra en vigor.
Por eso la resolución del último encuentro anual del Convenio de Londres funciona como una solución provisional y que permite, a los países que lo deseen, implantar las disposiciones de la enmienda antes de la entrada en vigor.
Al respecto, el jefe de la Oficina del Convenio y Protocolo de Londres y de Asuntos oceánicos de la OMI, Fredrik Haag, dijo que “la adopción de la resolución eliminará una barrera para los países que desean hacer uso de la captura y el almacenamiento de carbono, pero que no tienen acceso fácil a los sitios de almacenamiento en alta mar dentro de sus límites nacionales”.
Asimismo, comentó que hay que tener en cuenta que “la reducción de las emisiones de CO2 en la fuente debe ser el enfoque principal y que la aplicación provisional de la enmienda no debe sustituir otras medidas para reducir las emisiones de CO2”.
Quienes estén interesados, deberán depositar una declaración de aplicación provisional y notificarlo a la OMI.
Por MundoMarítimo