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Las enmiendas al Convenio SOLAS de la OMI que entran en vigencia en enero de 2020
来源: 编辑:编辑部 发布:2019/12/21 10:13:15
La Organización Marítima Internacional (OMI) anunció las enmiendas al Convenio SOLAS que entrarán en vigencia el 1 de enero de 220 y que introducen nuevas prescripciones para la seguridad de la vida en el mar.
Dentro de las enmiendas destacadas por la OMI se encuentran:
Las enmiendas a las reglas III/3 y III/20 para dar carácter obligatorio a las prescripciones sobre el mantenimiento, examen minucioso, prueba de funcionamiento, revisión y reparación de los botes salvavidas y de rescate, dispositivos de puesta a flote y aparejos de suelta. Estas disposiciones tienen el objetivo es evitar accidentes con naves de supervivencia.
Además, aborda puntos que no se habían resuelto antes, como la necesidad de establecer una norma para el servicio y el mantenimiento periódicos de los botes salvavidas y requisitos de autorización, calificación y certificación para garantizar que se presta el servicio. Con esto se pretende que la gente relacionada con el mar pueda confiar plenamente en los dispositivos y el equipo de salvamento de la OMI.
Igualmente, entrarán en vigor enmiendas al capítulo II-1 del convenio, para modificar -entre otras cosas- las reglas que tienen que ver con la subdivisión requerida de los buques de pasaje para aumentar su seguridad, como también las enmiendas relacionadas con la información de estabilidad que se entrega al capitán.
Asimismo, las enmiendas a la regla II-2/13 extienden las prescripciones para el análisis de evacuación a todos los buques nuevos de pasaje que transporten más de 36 pasajeros. Esto servirá para determinar y eliminar la congestión que puede producirse durante el abandono del buque, debido a los desplazamientos normales de los pasajeros y la tripulación por las vías de evacuación, incluyendo la posibilidad de que los tripulantes tengan que desplazarse por esas vías en sentido contrario al de los pasajeros.
El análisis también se utilizará para demostrar que los medios de evacuación son lo suficientemente flexibles, en caso de que ciertas vías de evacuación, puestos de reunión, puestos de embarque o embarcaciones de supervivencia no puedan utilizarse como resultado de un siniestro.
Por otra parte, las enmiendas al capítulo IV del convenio -y algunos códigos- prevén la instalación de un "servicio móvil por satélite reconocido" para las comunicaciones marítimas de socorro y seguridad. Cabe señalar que anteriormente las regulaciones solo especificaban que estas comunicaciones se realizarían mediante un dispositivo de la compañía Inmarsat.