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TDLC fija condiciones a las que deberá sujetarse la licitación pública de la concesión portuaria del Puerto de Chacabuco
来源:MundoMarítimo 编辑:编辑部 发布:2022/03/28 09:41:13
Empresa Portuaria Chacabuco (Emporcha) solicitó licitar la infraestructura portuaria del Puerto de Chacabuco correspondiente a los Muelles Multipropósito y al Terminal de Transbordadores. En el informe, por una parte, el Tribunal de Libre Competencia (TDLC) estableció cuatro condiciones para resguardar la competencia en la licitación, destacándose, entre otras:
- que el criterio de adjudicación corresponda al menor Índice tarifario, construido como el promedio ponderado de dos subíndices, uno para los Muelles Multipropósito y otro para el Terminal de Transbordadores, sujeto a un Índice Tarifario Máximo Reservado;
- la inclusión dentro del Índice de Adjudicación de todas las tarifas de servicios básicos, con excepción de la tarifa de transferencia de pasajeros de conectividad y la tarifa de pasajeros de turismo;
- la posibilidad de la empresa portuaria de calcular el canon anual en base al valor de los activos dados en concesión, para lo cual se consideró una tasa de rentabilidad que incluya todas sus fuentes de financiamiento pertinentes y que reflejen su verdadero costo de oportunidad del financiamiento (v.gr., usando la tasa WACC); y
- la exigencia que la experiencia de operador calificado se refiera a la transferencia de carga, que corresponda, a lo menos, a 350.000 toneladas al año.
Por otra parte, se ordenó incorporar resguardos en la provisión de servicios portuarios, relacionados con las tarifas de los servicios portuarios básicos, estándares de calidad de servicio, reglas de prioridad en la atención de naves, deberes de información y mecanismos contractuales de control.
Asimismo, se estableció que, en el evento que uno o más usuarios relevantes se integren verticalmente con el Concesionario, se le exigirá a éste, contar con directores independientes y un Comité de Directores, de conformidad al artículo 50 bis de la Ley N° 18.046. Por último, se estableció un mecanismo de modificación del contrato de concesión que distingue el procedimiento a seguir según la materia que se solicita modificar, disminuyendo de diez a cinco años el periodo para poder realizar dicha modificación.
Finalmente, se establecieron restricciones a la integración vertical y horizontal del futuro concesionario. En cuanto a la primera, se prohibió a los usuarios relevantes de servicios portuarios tener, por sí o a través de otra persona natural o jurídica, más de un 40% del capital, ni más de un 40% del capital con derecho a voto, o derechos por más del 40% de las utilidades de la sociedad concesionaria en los términos de la letra b) del artículo 99 de la Ley N° 18.045. Asimismo, se incorporó dentro del concepto de usuario relevante a las empresas que intervengan en el transporte de pasajeros. La integración horizontal, en tanto, se prohibió absolutamente.
El fallo fue acordado con la prevención de no imponer una regla de restricción a la participación accionaria de usuarios relevantes en el puerto y exigir por parte de uno de los ministros. En lugar de ello se indicó que el Concesionario cuente en su directorio con, al menos, un miembro independiente de los accionistas controladores.
Emporcha pospone avance de proceso de licitación
En tanto, el directorio de Emporcha acordó el jueves 24 de marzo posponer el avance en la licitación pública de la concesión del principal puerto de la región de Aysén, pese a la “luz verde” que supuso para el proceso el reciente informe entregado por el TDLC. De esta forma, la entidad encabezada por María Francisca Yáñez decidió dejar en manos del nuevo directorio que será designado por el Gobierno del Presidente Gabriel Boric, la definición respecto al proceso que fue iniciado en conjunto con Puerto Montt y Punta Arenas, y que aspira a modernizar la infraestructura de sus Muelles Multipropósito y del Terminal de Transbordadores.
En detalle, el 23 de marzo en directorio extraordinario junto a sus asesores legales y financieros se analizó el informe del TDLC -el n° 22/2022- en el cual el organismo finalmente se pronunció sobre la licitación.
Antes esto, el Directorio de la empresa portuaria estatal explicó que lo adecuado, conforme al escenario político y administrativo actual, es que sean las nuevas autoridades –a la luz de los antecedentes provistos desde el TDLC- quienes definan el camino futuro para este proceso que busca mejorar los estándares operacionales y de servicios, mejorando la seguridad y eficiencia de Puerto Chacabuco.
“Lo importante es que en este camino haya una mirada de Estado, donde esperamos que el nuevo directorio tome el relevo y mire el fallo del TDLC como una oportunidad a evaluar. De parte de este Directorio creemos haber impulsado un trabajo responsable, sentando los cimientos de una licitación que esperamos en los próximos años traiga tarifas más competitivas, seguridad operacional y una mejor calidad en los servicios del puerto. Un ordenamiento que le permita a Chacabuco seguir creciendo en su competitividad y sostenibilidad”, señalaron desde la portuaria estatal.