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    Bruselas autoriza 74 millones en ayudas al transporte marítimo español por el encarecimiento del combustible

    来源:    编辑:编辑部    发布:2026/07/28 09:36:23

    La Comisión Europea ha autorizado un régimen de ayudas estatales español de 74 millones de euros dirigido a las empresas de transporte marítimo afectadas por la subida de los precios del combustible provocada por la crisis de Oriente Próximo. El visto bueno, comunicado este lunes desde Bruselas, permite al Gobierno conceder subvenciones directas a las compañías que operan servicios regulares entre la España peninsular y los territorios no peninsulares.

    El régimen se apoya en el Marco Temporal de Ayudas Estatales para la Crisis de Oriente Próximo, conocido por sus siglas en inglés como METSAF, que la propia Comisión adoptó el 29 de abril de 2026. Ese instrumento habilita a los Estados miembros a compensar de forma temporal determinados sobrecostes derivados de la crisis, siempre dentro de los límites y condiciones que fija el propio marco.

    Los beneficiarios serán las empresas que prestan servicios regulares de transporte marítimo de pasajeros, de mercancías y de transbordo rodado en rutas específicas que conectan la Península con Ceuta y Melilla, con las Islas Baleares y con Canarias, además de determinadas rutas interinsulares. Se trata, por tanto, de las líneas de cabotaje que sostienen el abastecimiento y la movilidad de los territorios no peninsulares, un tráfico donde el ferri y el buque de carga rodada concentran la mayor parte de la actividad.

    La ayuda se articulará mediante subvenciones directas. El importe que reciba cada compañía se calculará a partir del consumo real de combustible, determinado con un coeficiente fijo que dependerá del arqueo bruto del buque y de las millas náuticas navegadas en las rutas subvencionables. Ese método vincula la cuantía al tamaño de la nave y a la distancia efectivamente recorrida, en lugar de repartir la partida a tanto alzado entre los operadores.

    El régimen cubrirá los costes adicionales de combustible soportados entre el 21 de marzo y el 21 de septiembre de 2026 como consecuencia de la crisis. Las ayudas no podrán superar el 70 % de ese sobrecoste, de modo que una parte del encarecimiento seguirá recayendo sobre las cuentas de las navieras.

    El combustible es uno de los principales capítulos de gasto de una naviera de línea regular, junto con la tripulación y el mantenimiento, y su precio se traslada con rapidez a los costes operativos de servicios que funcionan con frecuencias fijas y márgenes ajustados. En las conexiones con territorios no peninsulares, además, la oferta responde a obligaciones de servicio y a itinerarios que no admiten reducciones fáciles cuando el coste del bunkering se encarece.

    Para dar luz verde a la medida, la Comisión la ha evaluado con arreglo a las normas comunitarias sobre ayudas estatales y, en particular, al artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que permite a los Estados miembros apoyar el desarrollo de determinadas actividades económicas bajo ciertas condiciones. También ha aplicado las secciones 1 y 2.3 del METSAF, las que regulan este tipo de compensaciones.

    El Ejecutivo comunitario ha constatado que el régimen se ajusta a las condiciones fijadas en ese marco temporal. Entre otros elementos, ha valorado que las ayudas se concederán sobre la base de un régimen con un presupuesto estimado claro y que su objeto es apoyar de forma temporal el desarrollo de empresas con actividad en el sector del transporte marítimo.

    La conclusión de Bruselas es que la medida resulta necesaria, adecuada y proporcionada para facilitar el desarrollo de una actividad económica, y que no altera las condiciones de los intercambios de forma contraria al interés común. Ese triple examen es el que determina si una ayuda pública puede convivir con las reglas de competencia del mercado interior.

    La autorización de la Comisión es el paso que habilita la concesión de las ayudas, pero la gestión corresponde a las autoridades españolas, que deberán articular la convocatoria y verificar los consumos declarados por cada compañía dentro del periodo de referencia. El límite del 70 % y el cálculo por arqueo bruto y millas navegadas actúan como los principales elementos de control del gasto.

    El METSAF fue adoptado hace tres meses y funciona como el paraguas jurídico bajo el que los Estados miembros pueden tramitar compensaciones asociadas a la crisis de Oriente Próximo. Las medidas amparadas en marcos temporales de este tipo tienen fecha de caducidad y un ámbito de aplicación acotado, tanto en los sectores afectados como en el periodo de costes que resulta compensable.